miércoles, 19 de agosto de 2009

El nuevo desahucio exprés permitirá echar al inquilino moroso en 15 días

MUCHASCASAS.NET.- A.RICO.-El fomento del alquiler de vivienda es un reto constante en la agenda de asuntos pendientes en España. La idiosincrasia propia de nuestro país ha conducido a que el alquiler tan sólo represente un tímido 11% del mercado de vivienda, mientras que la media europea está situada en el entorno del 40%.
De ahí la necesidad de poner en práctica medidas que incentiven la puesta en alquiler de las viviendas, ayudando a disipar los temores del casero ante los riesgos que entraña arrendar una propiedad, como el impago o la práctica imposibilidad de desalojo. Por todo ello, el Congreso de los Diputados ha dado un importante paso al aprobar, el pasado 25 de junio en la Comisión de Justicia, el Proyecto de Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios.
El texto, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el pasado 6 de julio, debe aún superar su paso por el Senado a donde ya ha sido remitido, culminando el plazo para la presentación de enmiendas el próximo 11 de septiembre. El desahucio exprés en un máximo de 15 días
tras la sentencia, la posibilidad de tramitarlo en juicio verbal reduciendo y simplificando los trámites y el reconocimiento del derecho del casero de recuperar la casa para sus familiares directos son las líneas básicas sobre las que se apoya la reforma perpetrada por el Congreso.
No obstante, entre las medidas adoptadas no se deja de lado al inquilino que cumpla con sus obligaciones contractuales e incluso se introduce en el texto una disposición adicional (primera) que contempla ayudas a inquilinos con alta vulnerabilidad social.
En concreto, establece que, "en las ayudas estatales para facilitar el acceso a la vivienda y su disfrute efectivo se prestará especial atención a las circunstancias de los inquilinos que se encuentren en situación de baja capacidad económica y alta vulnerabilidad social".

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